Impuesto a las ganancias: quiénes tributan ahora, cómo aliviar la carga y qué pasará con lo pagado durante 2025
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La actualización alcanza a los topes de algunas deducciones y a los valores de la tabla de alícuotas, que define cuánto se paga en función de los ingresos imponibles. Para el cálculo del impuesto por lo percibido en el actual semestre, las variables se reajustaron en un 14,29%. Para los autónomos inscriptos en Ganancias, o en algunos casos para quienes pagan Bienes Personales, la devolución se tramita a través de la declaración jurada anual. Deben ser de un préstamo para comprar vivienda, pero es una deducción insignificante, porque el tope es de solo $20.000 desde hace décadas. Por 2026 el tope deducible en cada caso es de $753.472,14; por 2025, de $573.817,13. La otra deducción permite descontar el 10% del importe del alquiler, sin tope y sin requisito en cuanto a no ser propietario; esta deducción del 10% es válida para dueños de inmuebles alquilados para vivienda. En cuanto a familiares, se admiten deducciones por hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo, y puede tomar el 100% del monto deducible uno de los padres, o bien puede dividirse la deducción en un 50% y 50%. Allí se informan o se confirman datos de familiares a cargo, gastos deducibles, percepciones a recuperar y salarios pagados por un empleador distinto del que retiene Ganancias.
De acuerdo con la Ley de Procedimiento Fiscal (11.683), el impuesto debe determinarse y pagarse mediante una declaración jurada. Esa misma fecha de pago se mantiene para oropuro casino el pago “del saldo resultante del impuesto sobre los bienes personales al período fiscal 2025″. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso prorrogar el plazo para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias correspondiente al año fiscal 2025.
La AFIP publicó las tablas ARCA 2026 con la actualización del Artículo 94 y las Deducciones Personales aplicables desde julio y para todo el año fiscal. Además, al tratarse de una rectificación espontánea, realizada antes de una eventual orden de intervención, tampoco correspondería una persecución penal, incluso si el monto supera el umbral objetivo de punibilidad previsto en el Régimen Penal Tributario. Luego, de manera inmediata, debería presentar una declaración jurada rectificativa en la que incorpore el impuesto correcto y abone el saldo correspondiente. “Existe un dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos, de aplicación obligatoria para el fisco, que establece que, si se da esa circunstancia, se considera que el pago fue realizado en término. “En cuanto al régimen simplificado, existe un beneficio condicionado a que el contribuyente pague y presente la declaración jurada en término. De acuerdo con la Ley de Procedimiento Fiscal (11.683), el impuesto a las Ganancias debe determinarse y pagarse mediante una declaración jurada (Imagen Ilustrativa Infobae) Sin embargo, el fisco no tiene facultades para establecer ese esquema, porque excede el marco legal y no puede fijar el vencimiento del pago con anterioridad a la determinación del impuesto”, detalló. “Formalmente, la exigencia establece que el contribuyente debe pagar el 27 y presentar la declaración jurada el 22.
Por eso, y como los cuadros actualizados se conocieron ya avanzado enero, en la liquidación de los sueldos del primer mes del año probablemente se haya recalculado la retención aplicada a los salarios de diciembre percibidos en enero. Ese piso específico para jubilados se incrementa todos los meses por inflación, tal como ocurre con los haberes del sistema general de la Anses. Pero en agosto, por ejemplo y por lo ya explicado, habrá descuentos de retenciones a partir de un sueldo neto promedio mensual (entre enero y agosto) de $3,44 millones. Los montos mencionados fueron estimados a partir del nuevo esquema para el cálculo del tributo de todo el año, publicado en su página por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Ahora bien, ¿qué sucede con quien realizó un pago por un determinado importe y, al presentar posteriormente la declaración jurada, surge que el monto a ingresar era mayor y debe abonar una diferencia? Esta calculadora fue actualizada con las escalas y deducciones vigentes desde agosto 2026. Para el cálculo de la retención mensual del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, se parte del SUELDO BRUTO, que se define como la totalidad de las retribuciones remunerativas y no remunerativas a los efectos previsionales. Se publico la escala salarial de servicio doméstico o casas particulares desde agosto a diciembre 2026.
Además, hay que tener en cuenta que hay ingresos fuera del salario habitual que se suman al monto sujeto al impuesto, y también que, para calcular la carga fiscal, al importe del sueldo de cada mes el empleador le agrega una doceava parte, para que el descuento de Ganancias correspondiente al aguinaldo quede distribuido durante todo el año. En agosto, por ejemplo, un empleado sin cargas de familia estará alcanzado por el impuesto si el promedio salarial de los meses transcurridos en el año supera un valor neto de alrededor de $2,6 millones, equivalente a un sueldo bruto de casi $3,13 millones. Al considerarse próximamente el esquema actualizado para el cálculo de las retenciones, surgirán saldos a favor de los empleados, en compensación por lo descontado en los sueldos de junio. Además, se actualizaron los montos máximos deducibles por el alquiler de la vivienda, el salario del servicio doméstico y los gastos de educación de los hijos. El otro contempla los valores para hacer la cuenta del impuesto por todo lo percibido durante 2026, y es el que se utilizará cuando se liquiden los sueldos de abril de 2027 (en el caso de los jubilados, los haberes de mayo o junio), porque para entonces está previsto que se haga la cuenta definitiva del tributo por el año actual. Uno es el que se usará para estimar las retenciones (descuentos) de los salarios cobrados en lo que resta del año. Para que se aplique ese valor como piso imponible, se deben cumplir ciertas condiciones; en caso contrario, las bases para tributar son iguales que para los asalariados. Más allá de esas cifras y a causa de la forma en que se calcula el tributo, en los próximos meses puede haber descuentos en sueldos inferiores, a la vez que, ya durante 2027, habrá devoluciones de parte de lo retenido este año.
Cómo calcula el empleador: método acumulado (RG ARCA
Prepaga, alquiler, honorarios médicos — lo que declarás ante tu empleador. Ese es el ingreso neto piso para tributar este mes, si no se declaran deducciones. En tanto, para quienes no tuvieron descuentos del impuesto de sus ingresos ni están inscriptos, la gestión se hace clikeando en “Devolución de percepciones”, uno de los servicios interactivos a los que se accede tras ingresar con clave fiscal en la página de ARCA. Más allá de los conceptos que requieren declaración, los aportes al régimen jubilatorio, al PAMI y a la obra social -que se descuentan de todos los salarios- se deducen automáticamente. Como condición para que sea válida la deducción, el dinero destinado a este tipo de entidades debe permanecer inmovilizado al menos durante dos años. De la cifra facturada y no reintegrada, se deduce el 40%, hasta un tope. Se declara lo abonado por planes de salud, hasta un máximo aplicado por el empleador. La diferencia es que los jubilados perciben sus haberes en el mismo mes al que corresponden, mientras que por lo general los trabajadores cobran a mes vencido.
La nueva fecha límite para formalizar el trámite será el 22 de septiembre, en lugar del 27 de agosto como estaba previsto. Sin acuerdo entre las partes, el Salario Mínimo Vital y Móvil de septiembre será por decreto. Al actualizarse las bandas de estas escalas en un 16,8%, los tramos se vuelven más amplios. Para quienes superan los mínimos mencionados, el impuesto no se cobra sobre el total del sueldo, sino sobre la diferencia que queda tras restar los descuentos obligatorios (jubilación y obra social) y las deducciones personales. Este ajuste directo busca mitigar el impacto de las paritarias en los sueldos y estirar los límites para que los aumentos nominales no fuercen a los empleados a pagar alícuotas más altas. Con la difusión del dato oficial de inflación por parte del INDEC, se activó la actualización semestral del 16,8% contemplada en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
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